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¿Muerte digna o ‘crimen asistido’?

1K Views 21 diciembre, 2020 Se el primero en comentar Alvaro Oviedo C.

¿Muerte digna o ‘crimen asistido’?
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Dentro de las tareas que les esperan a los congresistas colombianos, en 2021, está la de seguir debatiendo el proyecto de Ley 070 de 2020 que aborda el tema de la muerte digna, o eutanasia como es denominado el procedimiento de manera científica.

Para la Organización Mundial de la Salud (OMS) la eutanasia es la “enfermedad, en fase terminal, que no tiene tratamiento específico curativo o con capacidad para retrasar la evolución, y que por ello conlleva a la muerte en un tiempo variable, generalmente, inferior a seis meses”. Hay dos términos que se asemejan y también son motivo de debate e interpretaciones: ortotanasia y distanasia.

Lo cierto es que hay una verdadera lucha entre los que se oponen, como la Iglesia Católica, principalmente, que argumenta que solo Dios decide; y quienes la aprueban, como La Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, que viene luchando desde agosto de 1979, bajo directrices de la filántropa Beatriz Kopp de Gómez, apoyada por médicos y abogados, bajo la consigna de que se trata de un derecho humano.

En el actual Congreso de la República, la iniciativa tiene como cabezas visibles al miembro de la Cámara de Representantes, el liberal Juan Fernando Reyes; y en el Senado, al senador y exmiembro del partido de la U, Armando Benedetti. Ya ha surtido el primer debate con aprobación positiva.

El espinoso tema viene siendo discutido desde 1997, año en el que la Corte Constitucional ordenó al Gobierno Nacional y al Congreso de la República proceder a su reglamentación, luego de ser despenalizado el procedimiento ante una ponencia del entonces magistrado Carlos Gaviria Díaz.

Por los lados del Gobierno, en el 2015, siendo ministro de Salud, Alejandro Gaviria Uribe, fue expedida la Resolución 1216, como un primer paso, autodenominada como el ‘Abecé sobre la Reglamentación del Derecho a Morir Dignamente’; sin embargo, como hacen falta ajustes y actualizaciones, el actual ministro de Salud, Fernando Ruiz, el pasado 1° de diciembre radicó un proyecto de Ley buscando la reglamentación definitiva.

Mientras tanto, los intentos de parte de los congresistas han sido fallidos y lo que, en ocasiones, ha sido aprobado no llega a su objetivo, pasando a las gavetas de los recuerdos. Ahora, los nuevos impulsores confían en que el año entrante sí habrá luz verde de manera plena.

En aras a ilustrar al cibernauta, he aquí una mirada a la herramienta con la que actualmente se cuenta, el ABC del 2015 de Minsalud, que consta de 14 puntos:

1. ¿Por qué se expidió por parte del Ministerio de Salud y Protección Social una norma orientada a regular la garantía al derecho a la muerte digna?

Por medio de la Sentencia T-970 de 2014, la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social impartir una directriz para la conformación de los comités científicos interdisciplinarios, cuya función principal será la de garantizar el derecho a la muerte digna de los pacientes en fase terminal que soliciten el amparo de este derecho, y que el mismo se materialice con la aplicación del procedimiento de muerte anticipada. En consecuencia, el Ministerio expidió la Resolución 1216 de 2015.

2. ¿La garantía del derecho a la muerte digna o muerte anticipada ya está totalmente reglamentado en el país?

No, la Corte exhortó al Congreso a reglamentar lo pertinente. Sin embargo, la aplicación de la Resolución 1216 de 2015 es un avance en este tema; y puesto que los criterios para acceder a la garantía al derecho de la muerte digna contenidos en la Resolución son los establecidos por la Corte Constitucional, los mismos deberían ser tenidos en cuenta para el análisis y la eventual reglamentación en el Congreso.

3. ¿Quién puede solicitar esta alternativa?

Cualquier enfermo en fase terminal mayor de 18 años, quien manifieste a su médico tratante su intención de garantizar su derecho a la muerte digna a través de un procedimiento de muerte anticipada. El derecho también se configura en los casos de pacientes mayores de 18 años de edad que estén inconscientes o en incapacidad de manifestar su deseo, pero que lo hayan dejado previamente manifiesto mediante un documento de voluntad previa.

4. ¿Qué es un enfermo en fase terminal?

Se define como enfermo terminal aquel que es portador de una enfermedad o condición patológica grave, que haya sido diagnosticada en forma precisa por un médico experto, que demuestre un carácter progresivo e irreversible, con pronóstico fatal próximo o en plazo relativamente breve, que no sea susceptible de un tratamiento curativo y de eficacia comprobada, que permita modificar el pronóstico de muerte próxima; o cuando los recursos terapéuticos utilizados con fines curativos han dejado de ser eficaces.

5. ¿Los cuidados paliativos son un requisito obligatorio para acceder a esta alternativa?

Sí. Todo enfermo en fase terminal debe recibir atención en cuidados paliativos, a menos que el paciente desista voluntariamente o niegue dicha atención. En cualquier caso, se debe dejar constancia en la historia clínica de la garantía del derecho a cuidados paliativos.

6. ¿Qué es el comité científico interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad?

Es una comisión conformada por un médico con la especialidad de la enfermedad que padece el paciente, un abogado y un psiquiatra o psicólogo clínico, que en un plazo máximo de 10 días calendario siguientes a la solicitud hecha por la persona deberá verificar, entre otros aspectos, el diagnóstico de enfermo terminal, la competencia del paciente para suscribir el consentimiento informado, determinar si recibió cuidados paliativos, y ratificar con el paciente o su familia (en los casos en que exista un documento de voluntad previa) la decisión de continuar con el proceso.

En caso de no encontrar ninguna irregularidad, el comité deberá programar el procedimiento en una fecha que el paciente indique o, en su defecto, en un máximo de 15 días calendario.

Si el comité considera que no se cumplen los criterios necesarios, simplemente no se configura el derecho y el procedimiento NO podrá ser autorizado. En tales casos tanto el paciente como sus familiares recibirán la información y asesoría pertinente.

7. ¿En dónde se pueden conformar un comité científico interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad?

Se podrá convocar en cualquier Institución prestadora de Servicios de Salud (IPS) que tenga habilitados el servicio de hospitalización de mediana o alta complejidad para hospitalización oncológica o el servicio de atención domiciliaria para paciente crónico.

8. ¿En dónde se puede realizar el procedimiento de muerte anticipada como alternativa para garantizar el derecho a morir con dignidad?

El procedimiento se podrá realizar tanto en el ámbito hospitalario, en una IPS que tenga habilitado el servicio de hospitalización de mediana o alta complejidad para hospitalización oncológica. O en el ámbito ambulatorio, en una IPS que tenga habilitado el servicio de atención domiciliaria para paciente crónico.

9. ¿Qué debe hacer el profesional médico que alegue objeción de conciencia y que fue delegado por el comité para realizar el procedimiento?

El médico deberá presentar por escrito y debidamente motivada la objeción al comité, el cual deberá designar a otro médico en un término no mayor a 24 horas.

10. ¿El procedimiento tiene algún costo para el paciente que lo solicita?

El procedimiento está cubierto por el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y como tal no representa costos para el paciente. Sin embargo, son las IPS autorizadas las que deben asumir los costos del procedimiento, dado que la Resolución establece que no podrán facturar la práctica del mismo al sistema.

11. ¿Se puede desistir de la realización del procedimiento?

Sí. En cualquier momento el paciente puede desistir de la realización del procedimiento.

12. ¿Se puede solicitar el procedimiento si el enfermo en fase terminal se encuentra en estado de inconsciencia u otra circunstancia que le impida manifestar su voluntad?

Sí, siempre y cuando la voluntad del paciente haya sido expresada previamente, mediante un documento escrito de voluntad anticipada o testamento vital.

13. ¿Quién debe vigilar que se realice el procedimiento?

El comité científico interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad de cada IPS autorizada debe asegurar que el procedimiento se realice en los términos anteriormente señalados, sin perjuicio de las competencias propias de inspección, vigilancia y control que ejerce la Superintendencia Nacional de Salud.

14. ¿Quién debe garantizar que se realice todo el procedimiento, así como la prestación de servicios como atención psicológica o valoraciones médicas que se requieran?

Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) deberán ser el garante principal para el acceso y prestación efectiva del procedimiento de muerte anticipada como forma de ejercer el derecho a la muerte digna.

Las EPS tienen que, entre otras responsabilidades, comunicarse con el comité y hacer que se cumpla este derecho. No interferir, en ningún sentido, en la decisión que adopte el paciente en relación con el derecho a morir con dignidad mediante actuaciones o prácticas que la afecten o vicien. Y tramitar con celeridad cualquier solicitud relacionada con este procedimiento.

cienciaestado criticoeutanasiaFamiliasociedad

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. RETRASOS EN FACTURACIÓN, EXPLICACIONES. Para Af . RETRASOS EN FACTURACIÓN, EXPLICACIONES. Para Afinia, filial del Grupo EPM, es fundamental que los clientes reciban la factura del servicio de energía en los ciclos establecidos; sin embargo, en el proceso correspondiente a la facturación del mes de marzo, se han presentado retrasos en la entrega de los recibos en varios sectores de Cartagena y algunos municipios de Bolívar. 

En este sentido, Afinia reitera a los clientes que los ciclos de facturación se mantienen como se viene cumpliendo meses a mes, al tiempo que destaca que en algunos casos se presentarán lecturas superiores a 32 días. 

Es de señalar, que también se puede obtener la factura a través de los siguientes medios: 

• Ingresando a la Oficina Virtual a través de la página www.afinia.com.co o de la aplicación para teléfonos inteligentes Afiniapp, en las cuales se puede descargar y pagar la factura. 

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Los clientes que evidencien más de 32 días facturados pueden cancelar el promedio del consumo correspondiente al mes anterior y el saldo restante lo podrán pagar con la factura del mes de abril de 2023. Este proceso lo pueden realizar a través de la opción pago parcial del Portal de Pagos en la página www.afinia.com.co o en los puntos de pago de los centros de atención presencial de la compañía.

🌎Más en la web de Afinia.

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. ENCUENTRO INCLUSIVO, EN CHILE. Mediante la convo . ENCUENTRO INCLUSIVO, EN CHILE. Mediante la convocatoria interna 'Subvenciones 2022', en alianza con el Icetex, los estudiantes vinculados al Programa Diverser participaron en un proceso de selección para asistir al encuentro con estudiantes y docentes adscritos a los programas de diversidad de la Universidad del Bio Bio, en Concepción, Chile.

El programa se desarrolla en el marco del cumplimiento de las políticas institucionales, que buscan el fortalecimiento de los espacios de inclusión de grupos sociales minoritarios y diversos, presentes en la comunidad académica de la Universidad del Atlántico.

Para el rector, Danilo Hernández, con estas iniciativas de gran importancia se reitera la nueva misión de la universidad aprobada por el Consejo Superior. "Explícitamente la Universidad del Atlántico se declara como una universidad inclusiva y eso es un gran compromiso, porque no sólo desde las acciones implícitas sino desde el discurso misional, en la gran misión de la universidad, está el fortalecer los procesos de inclusión con programas como Diverser y las políticas de admisión".

Uno de los siete estudiantes seleccionados fue Leonel Carreño Gonzales, del programa de Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deporte. En su lenguaje de señas señaló que "espera poder conocer más sobre la lengua de señas, hacer intercambio desde las diferentes experiencias culturales" y agradeció a la institución por el apoyo y la oportunidad de poder participar.

Los jóvenes permanecerán durante dos semanas en Chile, acompañados por dos docentes que los apoyarán en el desarrollo de una nutrida agenda de interacción académica y cultural con grupos homólogos de la Universidad receptora.

De esta forma, la Universidad del Atlántico sigue impactando positivamente a los estudiantes de la alma mater, fomentando el desarrollo de la internacionalización de la Educación Superior a través de la cooperación universitaria y la movilidad internacional.

#sinrecatonoticias #sinrecato #costacaribe #colombia #uniatlantico #barranquilla #atlantico
Entrada de Instagram 18287996410100766 Entrada de Instagram 18287996410100766
. APOYO HUMANITARIO. La Fuerza Aérea Colombiana, . APOYO HUMANITARIO. La Fuerza Aérea Colombiana, en articulación con la Administración Distrital, en cabeza del alcalde José Ramiro Bermúdez Cotes y la gestora social Belinés Fuentes Meza, llevaron a cabo una brigada de salud, en donde la comunidad Aujero accedió, de manera gratuita, a servicios de salud.

Unos 600 beneficiarios fueron atendidos en especialidades como medicina general, pediatría, odontología, optometría, psicología, ginecología, vacunación, entre otros. Además recibieron medicamentos, y donaciones y se divirtieron con actividades recreativas.

“En la comunidad indígena Aujero, en el Centro Etnoeducativo, desarrollamos una jornada integral de atención en diferentes especialidades para la población indígena de la ciudad. La Fuerza Aérea hizo presencia en esta zona del país y estamos muy complacidos, como administración, de poder contar con la Fuerza Aérea para brindarles este apoyo tan importante, en el derecho tan fundamental como lo es la salud a nuestras comunidades indígenas” manifestó Belinés Fuentes Meza, gestora social del Distrito.

La jornada fue apoyada por personal de instituciones y entidades como Corporación Universitaria Minuto de Dios, Universidad Libre, Universidad Metropolitana, Fundación Procaps, Ejército, IPS y EPS. 

“Me pareció importante porque benefició a toda la comunidad Aujero, ya que muchos habitantes de acá se les dificulta ir a buscar una atención, por eso considero importantísimo que estás jornadas se sigan dando ya que de pronto muchos miembros de nuestra comunidad no tienen la facilidad de asistir a una cita de optometría, medicina general o medicina interna que gracias a ustedes aquí no los están brindando el día de hoy”, expresó Luis Barros, beneficiario.

#sinrecatonoticias #sinrecato #riohacha #alcaldiaderiohacha #costacaribe #colombia
. ACEPTACIÓN EN ORGANISMO INTERNACIONAL. La visit . ACEPTACIÓN EN ORGANISMO INTERNACIONAL. La visita llegó desde España para ratificar la buena noticia y hacer formal la bienvenida a la Universidad del Magdalena como miembro del patronato de la Fundación Campus de Excelencia Internacional del Mar. El encargado, por parte del Ceimar, fue Darío Bernal Casasola, coordinador general.

Durante este primer encuentro, Casasola no solo felicitó a la Alma Mater, sino que además aseguró con ilusión y ganas: "Celebramos el ingreso, como miembro de pleno derecho al patronato del Ceimar”.

De igual forma, confirmó que esta Institución es líder en Latinoamérica en economía azul y que, “estamos seguros que todos los proyectos que están en marcha y todas las ideas socializadas por el rector y muchos otros proyectos, terminarán a corto plazo aunando a la Universidad del Magdalena con la Universidad de Cádiz pero también con las demás universidades”.

A esta bienvenida, desde España se le sumó la presidenta ejecutiva Ceimar, María Jesús Mosquera, quien ratificó que ha sido un paso importante porque a la fundación se le suma un nuevo socio que es una Universidad Latinoamericana. "Es importante porque nos abre las puertas a un nuevo escenario de América Latina y nos ayuda a practicar nuestro lema ‘el mar que nos une’”.

Así la Universidad tendrá acceso a redes internacionales de cooperación, investigación y extensión; a su vez, un impacto positivo en la comunidad académica y en el cumplimiento de compromisos establecidos en los planes institucionales,

Igualmente contará con acceso directo a convocatorias de movilización internacional de recursos, que permitirá a la Universidad participar como socia en proyectos con financiación europea y en redes internacionales de investigación.

Es importante destacar que el Ceimar, que el constituye un instrumento útil, generador de innovación y transferencia hacia administraciones, instituciones, empresas y agentes sociales y se ha convertido también en este tiempo, junto con la Universidad de Cádiz, en motor de la economía azul.

🌎Más en la web de la Universidad del Magdalena.

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. EVALUACIÓN A CALIDAD EDUCATIVA SUPERIOR. Entre . EVALUACIÓN A CALIDAD EDUCATIVA SUPERIOR. Entre el 27 y el 28 de marzo, en Buenos Aires, Argentina, sesiona la Comisión Ejecutiva de Comisión Ejecutiva de la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP), jornada a la que asiste el rector de la Universidad Simón Bolívar, José Consuegra Bolívar, en su calidad de vicepresidente de este organismo. 

Desde la mirada del Espacio Iberoamericano de Conocimiento, estrategia de cooperación el ámbito de la sociedad del conocimiento para el desarrollo sostenible y la integración regional, los directivos van a realizar una evaluación de la educación superior y de los procesos de internacionalización ante los retos de la sociedad pospandémica, durante esta jornada. 

De la misma forma desarrollarán una compatibilización de los estudios de postgrado, desde América Latina hacia el espacio europeo de educación superior e, igualmente, estarán analizando el papel de las universidades en el Espacio Iberoamericano del Conocimiento. 

Consuegra Bolívar calificó de trascendental este encuentro por los crecientes desafíos para la educación y la necesidad de que las Instituciones de Educación Superior Iberoamericanas los sigan asumiendo mancomunadamente. 

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